Metadaten : Cordero, Vicente: De las letras de cambio

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VII
DE  LAS  PERSONAS  A  CUYA  ORDEN  PUEDEN  GIRARSE
LAS  LETRAS
Ordinariamente  las  letras  se  giran  à  la  órden  del  tomador; -
  pero  tambien  pueden  girarse  á  la  órden  del  librador;
à  cargo  de  una  persona  para  que  haga  el  pago  en  el  domicilio -
  de  un  tercero;  y  en  nombre  propio  por  orden  y
cuenta  de  un  tercero,  espresándose  asi  en  la  letra.
Cuál  seria  la  utilidad  de  una  letra  girada  á  la  órden
del  librador?—Un  ejemplo  lo  demostrará:  Supongamos
que  un  individuo  poco  conocido  en  el  lugar  en  que  reside,
desea  procurarse  dinero  por  medio  de  una  letra  de  cambio. -
  Las  personas  à  quienes  ofreciera  endosarles  la  letra,
se  negarian  à  recibirla  por  temor  de  que  el  girado  no  la
aceptara.  Entonces  el  librador  empezará  por  crear  la
letra  à  su  orden,  en  seguida  la  remitirá  al  girado  para  que
la  acepte,  y  llenada  esa  formalidad  le  será  mas  fácil
encontrar  quien  la  reciba.
Algunos  autores  opinan  que  en  esta  hipôtesis  la  letra
solo  se  persecciona  por  el  endoso;  que  hasta  entónces  no
hay  contrato,  pues  el  librador  no  puede  contratar  consigo
mismo.
Otros  opinan  que  la  aceptacion  del  girado  perfecciona
la  letra,  y  se  sundan  en  las  razones  siguientes:
Cuando  el  girado  no  ha  aceptado,  es  evidente  que  la
letra  no  puede  constatar  un  contrato  de  cambio  que  no
NHIDE
Max-Planck-Institut  für
INSTITUTO  DE  INVESTICACIONES
DE  HISTORIA  DEL  DERECHO
europäische  Rechtsgeschichte
            
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