Full text: Cruz, Juan Carlos: ¬La capital

PROPOSICIONES ACCESORIAS 
El ejército nacional debe componerse exclusivamente 
de ciudadanos reclutados por el sistema del servicio per¬ 
sonal obligatorio. 
pago de lo que no se debe, no es una mera liberali¬ 
dad, como las demás enumeradas en el articulo 1791 del 
Código Civil—y debe por lo tanto estar sujeto á colación. 
El Codigo de Comercio ha debido distinguir entre las 
operaciones de bolsa que se resuelven por el pago de 
diferencias, las que tienen ese carácter ab initio, de las 
que no lo tienen — para prohibir las primeras y per¬ 
mitir las segundas. 
El mejor impuesto es el establecido proporcionalmente 
la renta. 
Buenos Aires, Junio de 1896. 
Aprobada. 
IRIGOYEN. 
Enrique Navarro Viola, 
Sceretario. 
INHIDE 
Max-Planck-Institut für 
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES 
europäische Rechtsgeschichte 
DE HISTORIA DEL DERECHO
	        
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