— 199 —
Asi como para ser jurado se requieren gené¬
ralmente ciertas condiciones de vecindad, nunca
se constata mejor ese juicio local de la justicia por los
iguales, por el paîs, que cuando el autor de un de¬
lito cualquiera es juzgado por el tribunal del estado
en que aquél se comete, supononiendo que él sea el
de su residencia. Pero la cláusula que estudiamos,
si bien pudo antes favorecer à los acusados, en de¬
terminados casos se convertia en peligro para
la seguridad nacional. En efecto, como recuerda
Tiffany, durante la rebelión de los Estados-Unidos
el sentimiento de dos estados que tomaron parte en
ella era tal, que por mâs culpables de traición que
fuesen los conspiradores, era, sino imposible, extre¬
madamenté dificil enjuiciarlos ante un jurado de
estos estados. El resultado fué que los principales
culpables de ejecutar y fomentar la rebelión contra
la autoridad nacional y la traición contra la vida de
las naciones, escaparon impunes. (1)
Para conjurar este peligro hubo necesidad de
calificar el delito de traición á los Estados Unidos,
y asi se hizo. distinguiendo entre el crimen de ha¬
cer la guerra, como dice la Corte en ex parte
Bollman, y el de hacerse la guerra efectivamen¬
te. Para estos ultimos se estableció la jurisdicción
nacional.
«Nadie estará obligado á contestar cargos so¬
bre un crimen capital, ó en cualquier modo infa¬
mante, sino por denuncia ó acusación ante un gran
jurado.... (2)
Esta enmienda fué motivada por las censuras
de los adversarios de la Constitución, que soste¬
nian la necesidad de una declaración formal de de¬
(1) TiFFANt, oper. cit., cap. XVII, § 550, pág. 415.
(2) Enmienda à la Constitucion, articulo V: " No person shall be held
to answer for a capital or otherwise infamous crime, unless où a pré¬
sentment or indictment of a grand jury.....
INHIDE
Max-Planck-Institut für
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES
europäische Rechtsgeschichte
DE HISTORIA DEL DERECH