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No cumpliria pues, su mision si dejara à merced
de los mas ilustrados ó tal vez más audaces, la
libertad, el honor ó la misma vida de los deshere¬
dados de la inteligencia y de la fortuna.
Art. 521.—El término para espresar agravios serà comun.
à menos que el Ministerio Fiscal hubiese sacado los autos
con tal objeto.
Al escrito que presenta ante el Tribunal Superior,
el apelante exponiendo las razones de la injusticia
de 1° Instencia se llama espresión de agravios y con-
testacion à la espresión de agravios 6 simplemente
de responde, al del apelado rebatiendo aquella ar
gumentación.
Las costumbres forenses conservan su antiguo
vigor en lo que se relaciona con las apelaciones.
Para facilitar la tarea del Secretario y activar la
prosecución de las causas en la Cámara de Apela¬
ciones en ó la Córte Suprema,los abogados titulan
asi sus escritos: el de apelante, esprésa agravios y
el del apelado responde 6 bien responde y se adhière
à la apelación: Visto el titulo del escrito aquel lo pone
en conocimiento del Tribunal para que dicte la pro¬
videncia de trámite.
Art. 522.—Del escrito de espresion de agravios se darà tras
lado al apelado ó à su representante, por el mismo término de
nueve dias. En este escrito el apelado podrà adherirse al re
curso, en cuyo caso se darà traslado de la adhosion al apelan
te por seis dias.
El articulo admite la adhesion al recurso que
autoriza la ley nacional de procedimientos, porqué
si en las causas civiles y comerciales es esencial la
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IONES
INSTITUTO DE INVESIG
DE HISTORIA DEL DEREC
europäische Rechtsgeschichte