Max-Planck-Institut für
europäische Rechtsgeschichte
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La elevación de este tribunal fué sa¬
ludada como una prenda segura del cum¬
plimiento de la constitución y del imperio
de la libertad. Pero algunos gobiernos de
provincia, anhelosos de retener las faculta¬
des que invistieron durante el aislamientoy
las agitaciones de la Repûblica, han sus¬
citado dificultades al ejercicio de ese tri¬
bunal tutelar de todas las garantias y
han promovido la cuestión de que vamos
à ocuparnos.
Ella es sin duda de la mayor impor¬
tancia. Y si las exigencias de la época
extraordinaria que atravesamos, no han
permitido que se le consagre una dete¬
nida atención, los acontecimientos que ge¬
neralmente la suscitan, demandarán im¬
periosamente una solución definitiva, que
debe buscarse en los sanos consejos de la
experiencia y del patriotismo. Entre
tanto, manifestaremos nuestras opiniones,
esperando que los magistrados nacionales
mantendrán en los casos ocurrentes la
jurisdicción de la corte contra las preten¬
siones de los gobiernos provinciales, dan¬
do como aconsejaba Washington, «el ejem¬
plo de resistencia al espiritu de invasión
que incita à los poderes pûblicos á ejercer
atribuciones que no les corresponde.»
ONHIDE
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES
DE HISTORIA DEL DERECHO