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circunstancias atenuantes comunes á ambos delitos, tal
es el ser mero ejecutor, en la sedicion; en este caso la
pena aplicada al delincuente es disminuida en su intensi¬
dad : no necesitamos volver sobre este punto que lo hemos
tratado al estudiar el delito de rebelion en sus diferentes
gradaciones.
Estos delitos de caractéres comunes, por la identidad del
objeto que se proponen, por la semejanza de los medios
que se ponen en juego para su comision; distinto tan solo
en su criminalidad por la calidad de intereses que afecta
en la sociedad, debian estudiarse en un titulo comun esta¬
bleciendo la escala penal segun su gravedad, con designa¬
cion de las circunstancias atenuantes y agravantes relativas
à estos delitos.
Este es el sistema seguido por el proyecto del Codigo
para la Republica Argentina, que no podemos sino enco¬
miar por la bondad del método seguido en la esposicion
de estos delitos. Se salva el inconveniente de la vaguedad
que entrana la generalizacion de un delito y que la ley
incurra en repeticiones que sirven solo para oscurecer el
precepto legal.
Sentimos no poder decir lo mismo de la ley nacional,
esta ha seguido en su esposicion à la legislacion espanola.
NHIDE
Max-Planck-Institut für
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES
chtsgeschichte
DE HISTORIA DEL DERECHC
europäische