Full text: Ruiz Moreno, Isidoro: ¬El derecho penal en la República Argentina

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Es de advertir que el mero consejo para la comi¬ 
sión de delitos no implica en el que lo dá el carácter de 
autor principal, sinó cuando él constituye una verda¬ 
dera instigación, una fuerza moral que impulse al 
criminal á ejecutar el delito, ya sea por el ascendien¬ 
te que el consejero ejerza, ya por ser el mismo conse¬ 
jo enganoso, como dicen Las Partidas, ya, en fin 
por cualquiera otra razón; y entendemos que es en 
este segundo caso en el que se han colocado los le¬ 
gisladores espanoles, es decir, cuando el consejo ejer¬ 
ció una influencia decisiva en el ánimo del ejecutor. 
Esta ha sido la manera de interpretar la clàusula 
análoga á la que estudiamos, inserta en el inciso 3 
del articulo 21 de nuestro Código Penal vigente; 
en tal sentido el principio de la Regla 19 está perfec¬ 
tamente ajustado à los sanos principios de la ciencia 
penal. 
En general, el delito ejecutado por orden de aquel 
á quien el agente criminal estaba obligado à obe¬ 
decer, es imputable al que dió la órden y no al que la 
cumplió: Reglas 9 y 20, y ley 5,tit. XV, Partida Sép¬ 
tima. Esta ultima ley distingue el caso en que eldelito 
es grave óleve, para hacer responsable de la acciön 
al ejecutor ó al que lo ordenó, respectivamente. 
Como se comprende, esta distinción es sutilista 
y no ha debido hacerse. Hay acciones de carácter 
leve y cuya ilicitud es manifiesta, como tambien hay 
otras cuya gravedad no todos pueden apréciar de¬ 
bidamente. De ahi que el legislador hubiera hecho 
mejor en dejar solo el principio general arriba men¬ 
cionado, á fin de que los jueces pudieran apreciario 
y aplicarlo segun las circunstancias personales y de 
hecho que existieren en la causa. 
El mandante ó comitente criminal está equipa¬ 
rado al mandatario 6 comisionista en el caso de ase¬ 
sinato: ley 3, titulo XXVII, Partida Séptima. Este 
principio está hoy incorporado á casi todos los cô¬ 
digos, aunque con mas extensión. 
INHIDE 
Max-Planck-Institut für 
INSTITUTO DE INVESTICACIONES 
europäische Rechtsgeschichte 
DE HISTORIA DEL DERECHO
	        
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