Full text: Ruiz Moreno, Isidoro: ¬El derecho penal en la República Argentina

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criminal no ha tenido intención de causar la muerte 
de una o más personas, sinó realizar simplemente 
una desvastación en la propiedád; y si bien en 
principio el delincuente responde por todos los re¬ 
sultados que provengan del delito, en este caso 
solo corresponde una agravación prudencial; pues 
el homicidio causado intencionalmente por medio 
de incendio, descarrilamiento, etc., ya está legis¬ 
lado con anteriorioridad. 
El art. 209 castiga con diez á quince anos de 
presidio, el incendio que se ejecute en casa habita, 
da. Considero que tambien en este articulo es ex¬ 
cesivamente rigurosa la pena senalada, no solo por 
el tiempo de la misma, sino tambien por su intensidad, 
que es desproporcionada con el delito. 
Dispone el art. 210 que sufrirá presidio por seis 
á diez anos el que cometa incendio en almacen, es 
tablecimiento industrial, etc., etc.; pero si el perjui¬ 
cio causado no excede de quinientos pesos, se im¬ 
pondrân tres à seis anos de aquella pena. 
Enla primera parte de este articulo, la conde¬ 
nación, aunque demasiada fuerte por su nâturaleza, 
está bien calculada en el tiempo de su duración, 
Respecto de la segunda parte del mismo, me refiero 
à lo que dije con motivo del art. 202 (estafas), y otros 
anteriores relativamente al sistema adoptado para 
la reducción de la pena. 
El art. 211 toma la misma base para fijar la re¬ 
presión—el valor del objeto incendiado—, y atiende 
al hecho de haberse 6 no propagado el incendio à 
otros objetos. Las penas que senala son: peniten¬ 
ciaria, prisión y arresto. 
Son perfectamente aceptables los arts. 212 (es¬ 
tragos que se causen por otros medios), 213 (actos 
preparatorios para causar incendio, explosión, etc. 
y 214 (incendio ù otrô estrago en bienes propios); 
pues en todos ellos es admirable la presición y el 
acierto que ha tenido el legislador para proporcionar 
la penalidad à los hechos. 
INHIDE 
Max-Planck-Institut für 
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES 
europäische Rechtsgeschichte 
DE HISTORIA DEL DERECHO
	        
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