Full text: Ruiz Moreno, Isidoro: ¬El derecho penal en la República Argentina

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no ha debido eregir en delito especial, las acciones 
que reprime este art., pues el delito de lesiones corpo¬ 
rales no pierde su carácter y enunciación de tal, por 
el hecho de ejecutarse en la persona de un conductor 
de correspondencia Si se ha querido establecer 
mayor pena que la ordinaria, pudo haberse conside¬ 
rado como circunstancia agravante la que preveé el 
art.; pero remitiéndose el legislador para su repré¬ 
sión, á la determinada en general para los autores de 
lesiones corporales. 
El hurto ó sustracción de correspondencia se re¬ 
prime en el art. 51 con las clases de penas que de¬ 
termina el art. 48; aunque el tiempo y cantidad de 
ellas son mucho mayor en el art. 48 que en el 51; lo 
que implica un grave error, pues indudablemente es 
mas condenable el hurto de la correspondencia, que 
la simple obstrucción 6 retardo causado à la circula¬ 
ción de la misma. 
Los arts. 52 y 53 castigan la detención, oculta¬ 
ción, destrucción ó aperturas de cartas, cometidas por 
los empleados del Correo. Las penas que se estable¬ 
cen son las mismas con que el art. 51 reprime à los 
particulares en idénticos casos; por cuya razón con¬ 
sidero que las de los arts. que estudiamos son exce¬ 
sivamente benignas, y no guardan la debida relación 
çon la agravante de ser empleado el delicuente. 
El art. 53 prescribe que se aplicarán tambien 
inhabilitación absoluta y presidio por 5 anos, cuando 
la carta tuviere valores. Esto es inconveniente; y la 
ley pudo agravar la represión en este caso, sin necé¬ 
sidad de establecer una pena fija. 
El titulo IX legisla la materia de la sustracción, 
ó destruccion de documentos depositados en las 
oficinas püblicas. 
Los articulos 54 y 55 reprimen con multa, 6 pre¬ 
sidio, 6 con ambas penas juntamente, la sustracción 
6 destrucción de esos documentos—; en cuyo término 
se comprenden los procesos judiciales, registros, 
INHIDE 
Max-Planck-Institut für 
INSTITUTO DE INVESTIGACIONES 
europäische Rechtsgeschichte 
DE HISTORIA DEL DERECHO
	        
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