Volltext : Alvarez, Agustín E.: ¬La policía

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solucion  criminal,  les  dâ  el  valor  que  les  falte  y  les  disminuye
la  pena.
En  segundo  lugar  àà  quién  incumbe  la  prueba?  Desde  lue
go  el  ébrio  consuetudinario  lleva  consigo  una  presuncion  de
inculpabilidad  desde  que,  con  arreglo  á  los  principios  genera
les,  se  le  ha  de  presumir  beodo  en  los  casos  dudosos,  desde
que  tal  es  su  estado  normal.  Al  acusado  no  le  será  nunca  muy
dificil  alegar  esta  escusa,  desde  que  él  mismo  ha  podido  estar
ó  simularse  ébrio.  Establecida  ya  la  ebriedad,  al  juez  le  seria
muy  dificil  probar  que  fué  voluntaria  y  al  acusado  muy  fâcil  sostener, -
  que  fué  involuntaria.  Todo  en  este  acápite  queda  librado -
  al  arbitrario,  todo  es  cuestion  de  apreciacion  variable  y  movediza -
  como  el  carâcter  de  los  jueces.  No  hay  ningun  criterio
cierto  y  fijo  para  distinguir  la  embriaguez  voluntaria  de  la  involuntaria, -
  ni  ménos  aun  para  distinguir  los  infinitos  grados  de
ebriedad  con  los  correspondientes  de  pérdida  del  conocimiento,
Determinar  el  limite  que  separa  la  beodez  incompleta  de  la
completa,  es  acaso  mas  dificil  que  resolver  aquel  célebre  problema -
  de  los  casuistas  griegos,  que  consistia  en  amontonar  pie
dras  agregando  de  à  una,  y  preguntar  al  espectador  cuando  el
monton  dejaba  de  ser  chico  y  empezaba  á  ser  grande,
Justificada  la  represion  de  la  embriaguez  del  punto  de  vista
de  los  principios,  es  poco  ménos  que  inoficioso  considerarla  del
de  la  utilidad.
La  ebriedad  provoca  el  desprecio  de  los  iguales  y  de  los
superiores  y  la  inobediencia  de  los  subordinados;  desmoraliza
y  desquicia  la  familia  y  trasmite  una  existencia  pobre  cuando
no  insuficiente  à  la  descendencia;  en  los  primeros  grados
ocasiona  gravisimos  perjuicios  á  la  industria  y  al  comercio  por
la  falta  de  puntualidad  y  la  desconfianza  pues  no  se  puede  te¬INHIDE

europäische  Rechtsgeschichte
DE  HISTORIA  DEL  DERECHO
            
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