Full text: Amoedo, Felipe M.: Moratorias

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todos los acreedores no se ponian de acuerdo para 
conceder la espera solicitada, la mayoria podia obli¬ 
gar á la minoria en casos determinados, haciéndola 
obliagtoria para todos. 
Mas esto tenia lugar cuando el deudor quisiera 
hacer cesion de bienes y la mayoria tratase de evi¬ 
tarlo por considerarla mucho mas perjudicial para 
sus intereses. Para fijar la mayoria se atendia à la 
importancia de los créditos, incluyendo los hipoteça 
rios; y cuando no podia establecerse por este medio, 
se atendia al nûmero de personas, á su clase y, por 
ultimo, cuando todos estos recursos no daban un re 
sultado satisfactorio, se acudia á la decision de un ma¬ 
gistrado. 
Respecto del término por el que se acordaban las 
moratorias, solo hay que hacar notar que variaba en¬ 
tre dos meses y un aîo, no pudiendo nunça exeder de 
cinco, de donde tomaron el nombre de quinquenalis 
spatium, inducia quinquenalis dilatia, siendo la pala¬ 
bra moratoria empleada por los comentadores para 
designar lo mismo que la ley Romana llamaba indu¬ 
cia. (2) 
Pasando ahora á la legislacion Espanola, encon- 
tramos en ella la institucion de las moratorias, bajo 
el mismo espiritu y bajo las mismas disposiciones 
que dieron márjen á su primitivo estableci miento en 
Roma. Muchas son las leyes que esparcidas en las 
Partidas y en la Novisima Recopilacion se ocupan 
(2) Moreno—sObras Juridicas» Tom. 2° paj. 301. 
INHIDE 
europäische Rechtsgeschichte 
DE HISTORIA DEL DERECHO
	        
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