Full text: Esnaty, Julio C.: De los contratos a la gruesa

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Nos parece hasta innecesario decir de cuánta uti¬ 
lidad habia ilegado à ser el contrato à la gruesa. 
Venia, pués, à producirse el choque, entre los propios 
intéreses que se querian proteger y la conciencia 
que ordenaba acatar la decisión severa; y no te¬ 
niendo la entereza bastante para oponerse abierta¬ 
mente à los mandatos de la Iglesia, se buscó el medio 
de salvar aquellos, evitando los anatemas de ésta. 
Entonces se examinóy analizó en todos sentidos 
el contrato; se comentó el texto de la decretal, tor¬ 
turando sus frases, con el propósito de desnatura¬ 
lizar su sentido y se creyó llegar al acuerdo bus¬ 
cado entre las prescripciones pontificias y los intere¬ 
ses particulares. 
Una de las opiniones que más éco alcanzé 
solucionando la dificultad, era la que pretendia que 
faltaba una palabra en el texto. La primera frase 
estaba concebida: Naviganti vel eunti ad nundinas 
certam mutuam pecuniæ quantitatem, pro eo quod 
suscipit in se periculum recepturus aliquid ultra sor¬ 
tem usurarius est censendus, y se sostenia que en vez 
de usurarius est censendus debia decir usurarius non 
est censendus, argumentando que la frase siguiente 
no hubiera tenido sentido de noser asi y que siendo 
las ultimas negativas, probaban suficientemente que 
la primera también debia serlo. 
Otros. Ilegaron à descubrir que el contrato mismo 
se podia descomponer en dos partes bien distintas 
que se referian à dos objetos diversos: la primera al 
préstamo en si, por el cual no era permitido conve¬ 
INHIDE 
europäische Rechtsgeschichte 
DE HISTORIA DEL DERECHO
	        
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