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2. Si se han hecho varios seguros por distintas personas
sobre una misma cosa, los aseguradores pueden ser per¬
seguidos separadamente por la accion de averia, debiendo
pagar cada uno la indemnizacion correspondiente à la can¬
tidad que ha asegurado.
3. Muerto el asegurador, la accion se ejercerá contra
todos y cada uno de los herederos, pagando la indemniza¬
cion por el dano ó pérdida sufrida, en proporcion à la
parte que tuviesen en la herencia.
4. Como la póliza debe ser firmada necesariamente por
el asegurador, so pena de nulidad, no ofrece ninguna difi¬
cultad, fuera de los casos espuestos, saber quién es el res¬
ponsable 6 lo que es lo mismo, quién puede ser demandado
por la accion, puesto que consta en la póliza del contrato
el nombre del asegurador. Asi es que escuso entrar en mas
détalles y pasaré à ocuparme en el capitulo siguiente, de los
requisitos con que debe entablarse la demanda por accion
de averia.
NHIDE
INSTITUTO DE INVESTICACIONES
europäische Rechtsgeschichte
DE HISTORIA DEL DERECHO