Full text: Romañach, Antonio: Endosos

citadas, el endosante, aunque no haya recibido el im¬ 
porte de todas las letras que ha endosado, y aun en 
el caso de que la letra primitiva haya sido abonada 
por cualquier obligado, por ejemplo, el librado, de¬ 
berà, sinembargo, abonar el importe de tantas letras 
cuantos fueren los ejemplares que haya endosado, sea à 
varias personas ò à una misma, y que el librado u 
otro obligado no haya pagado. 
Se extiende la responsabilidad à los endosantes sub¬ 
siguientes? 
La simple lectura de los articulos transcriptos 
economiza comentarios para sostener que si; pero es 
oportuno hacer notar que estos tienen accion regre 
siva desde el ultimo endosatario hasta el endosante 
autor del error ó fraude. 
Finalmente, como del endoso de duplicados pueden 
resultar perjuicios al tenedor, el Côdigo, en el arti 
culo 594 prevé el caso y hace responsable, con to¬ 
da justicia, al endosante que gira por error 6 de 
mala fe, de todos los danos que por ello se hayan 
podido ocasionar. 
Estas soluciones que da el Codigo están perfecta 
mente de acuerdo con los principios fundamentales 
que sobre la naturaleza del endoso consigna y con la au¬ 
NHIDE 
Max-Planck-Institut für 
INSTITUTO DE INVESTICACIONES 
DE HISTORIA DEL DERECHO 
europäische Rechtsgeschichte
	        
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