Full text: Costa y Martínez, Joaquín: Tesis: El problema de la ignorancia del derecho y sus relaciones con el status individual, el referendum y la costumbre

DEL SR. D. JOAQUIN COSTA Y MARTINEZ 
321 
estâ obligado à conocer y cumplir todas las leyes», deban in 
vertirse los términos diciendo que «no son verdaderamente 
leyes sino aquellas que el pueblo conoce... y refrenda cumplién 
dolas, traduciéndolas en sus hechos». 
Esa famosa presunción, base de todo nuestro sistema le¬ 
gal, parte del supuesto de una separación entre la voluntad 
que estatuye el derecho y la voluntad que ha de ejecutarlo: 
implica dos personas absoluta y formalmente ajenas la una 
à la otra: la autoridad que legisla ó decreta, y el subdito que 
ha de obedecer y cumplir. El puente de comunicación entre 
ellas es el conocimiento por parte de la una de lo dispuesto 
6 legislado por la otra, y ahi el in-pace, porque ese cono¬ 
cimiento puede faltar, y aun tiene que faltar necesariamente, 
segun hemos visto. Para mi, la antinomia no se resolverå en 
tanto no desaparezca efectivamente y de hecho esa dualidad 
de personas, fundiéndose en uno los dos conceptos de legis¬ 
lador y de legislado, conforme lo tienen admitido nuestras 
constituciones civiles respecto del derecho individual (1) y 
lo teorizaron nuestros antiguos juristas y teólogos, Covarru¬ 
bias, Azpileueta Navarro, Suárez, Escobar, Valencia, Cara- 
muel y otros respecto del derecho exterior social (2). 
Hay quienes entienden desatar la dificultad extirpando de 
raiz la ley, poniendo la fuente unica del derecho positivo, as 
social como individual, directamente en los individuos que 
han de realizarlo en sus actos, ó, si se quiere, reduciendo el 
derecho publico ó social á las condiciones del privado, ha¬ 
ciendo del individuo autoridad unica de si propio, conforme 
à aquella genial observación de Vives, en cuya opinión, alli 
donde los hombres han hecho del amor al bien y del odio al 
mal una segunda naturaleza, no hacen falta las leyes para 
vivir recta y ordenadamente, y donde, por el contrario, esos 
hâbitos faltan, las leyes no los suplen por muy perfectas y 
numerosas que sean; razón por la cual, el poder publico debe 
(1) Véase más adelante, cap. III, Constitucion del status individual. 
Véase cap. IV, Unidad é identidad de ley y costumbre. 
Max-Planck-Institut fü 
. Real Academia de Ciencias Morales y Politicas 
uropäische Rechtsgeschie
	        
Waiting...

Note to user

Dear user,

In response to current developments in the web technology used by the Goobi viewer, the software no longer supports your browser.

Please use one of the following browsers to display this page correctly.

Thank you.

powered by Goobi viewer