DISCURSO
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tico de la Novisima Recopilación» se dolia de que las leyes
hubiesen crecido en nûmero à tal extremo, «que no alcan¬
zaba la vida del jurisconsulto para estudiarlas», concluyendo,
fundado en experiencia, «que la imperfección de nuestra ju¬
risprudencia y los abusos y desórdenes del foro nacieron
principalmente de la dificultad, por no decir imposibilidad,
de saber las leyes à causa de su inmensa multitud, la cual
es un velo tenebroso que oculta su inteligencia y sus defec¬
tos» (§§ 26 y 33),—la situación de las cosas, para el juez, para
el letrado, para el jurisconsulto, no ha variado en lo mâs mi¬
nimo sino en el sentido de agravarse, por haber seguido
multiplicándose, con los desenvolvimientos de la civiliza¬
ción, la materia legislable y menguando por igual motivo la
fracción de tiempo, que es decir de vida, que puede desti¬
narse à su estudio. Esto, tratandose de los profesionales: cal
culese qué no será tratándose de las clases legas.
Digámoslo de una vez: supuesto un estado legal como el
nuestro, el principio nemini licet ignorare jus con sus deriva¬
ciones es incompatible con toda otra ocupación ó profesión
social que no sea la del derecho; incompatible, por tanto,
con la vida.
TRANSICIÖN. ZSIN LEYES?
Tal vez, senores, ese abismo que parece dividir fatalmente
y para siempre al legislado de la ley no sea real, sino obra
de nuestra fantasia creadora, puesta al servicio de nuestra
pereza intelectual; tal vez esa fatalidad no esté en la natura¬
leza de las cosas, sino en el modo como los hombres las he¬
mos visto é interpretado: acaso el problema no fué bien
planteado en sus origenes, y en vez de decir que sel pueblo
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