Full text: Pons y Umbert, Adolfo: Tesis: La crisis del régimen parlamentario (concepto del legislador)

DISCURSO 
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la democracia individualista en que estribó por mucho tiem¬ 
po la unica democracia admisible, se ha relegado — lo ha re¬ 
legado la transformación de la sopinión publica» en sagru¬ 
pación de los intereses pûblicos» — a la arqueologia del De¬ 
recho politico. Quiérase o no, el «sentido social» se difunde 
en términos irresistibles — el sentido y el empuje de la Nue¬ 
va Era...— por los campos de la experimentación ciudadana 
Nunça como ahora supo la Humanidad que asociarse es ven¬ 
cer. Anunciaban superficiales augures el fracaso de los par 
tidos socialistas porque la debilidad de sus medios se eviden¬ 
ció frente a la magnitud de la guerra mundial. La conflagra¬ 
ción de paises y continentes zprueba quizá menos el fracaso 
del ssentido individualista» irradiante en el sinai de la Revo¬ 
lución francesa? Derrota de un pasado histórico — primer 
avance de la Revolución por venir — trajo aquella conflagra¬ 
ción, por ninguna superada en la tierra. Y zquién, sino el in¬ 
ternacionalismo obrero, alma y sostén de los partidos socia 
listas, se habia adelantado a senalar y vituperar los males 
que a la postre justificaran aquella memorable derrota? Ni 
los pueblos, ni los individuos, viven aislados, salva muy corta 
esfera. Naufragó el individualismo, contra lo que algunos 
desearon y pensaron, en las impuras aguas de las concupis¬ 
cencias internacionales. A vencedores y vencidos mostro la 
realidad — ley de los legisladores, gobierno de los gobernan¬ 
tes — exigencias cuyo atendimiento vulneraria, y vulnero 
repetidamente, en naciones idólatras de la «libertad indivi¬ 
dual», los articulados y respetos — las intangibles garan¬ 
tias — en que ese liberalismo se asienta. Fué accidental, hija 
de las circunstancias, la dictadura de los Gobiernos en los 
anos de la simpar contienda. Los intervencionismos de Esta 
gos, ciudades y capitales, para deliberar y decidir, ora acerca de los dele 
gados a Convención, ora respecto de los hombres mejores para electores, 
ora çon relación a los méritos comparativos de los candidatos a funciones 
electorales, legislativas, ejecutivas o judiciales.» Hostos: Lecciones de De¬ 
recho constitucional, lección XLIII. — Inspirase este autor sud-americano 
en el modelo de los Estados Unidos. 
Max-Planck-Institut für 
lorales y Politicas 
Real Aca 
Rechtsgeschichte 
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