Full text: Concha Castañeda, Juan de la: Tesis: Convendría, para uniformar nuestra legislación, robustecer el poder paterno, mejorar la organización de la familia, y hasta para dar solidez al derecho de propiedad, admitir y llevar á nuestras leyes el principio de la libertad de testar ?

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DÉL SR. D. JUAN DE LA CONCHA CASTANEDA 
la actualidad todo es trasmisible, y todo es á más nece¬ 
sariamente divisible. 
La situación legal, por tanto, en los momentos pre¬ 
sentes, es muy diversa de lo que fué antes, y recono¬ 
ciendo esa diversidad esencial de nuestro estado legal, 
hay que reconocer que los efectos que pueden producir 
las legitimas en cuanto á la división y subdivisión, nece¬ 
saria y constante, de la propiedad, son ahora más dignos 
de meditarse para legislar. 
Aunque no se impida, y lejos de impedirse se facilite, 
la prudente trasmisión de la propiedad, puede dudarse, 
si es conveniente que la ley de Castilla imponga, por 
medio de la legitima y del circulo estrecho en que en¬ 
cierra el testamento, la necesidad absoluta de que la sub¬ 
división no pueda evitarse en caso alguno, aunque razo¬ 
nes económicas la aconsejen y la conveniencia misma de 
la familia la reclame. Combato, pues, esa situaciön for- 
zosa en que las leyes nos colocan, porque lo que hoy rige 
aves reparos bajo diversos puntos de vista. 
ofrece 
Para demostrar que la excesiva división de la propie¬ 
dad puede Ilegar á ser danosa, podria recordar aqui lo 
gne sobre esto dicen escritores y publicistas de repu¬ 
tación notoria: pero lo que se comprende claramente con 
sólo iniciarlo, no necesita para su demostración argu¬ 
mentos de autoridad. Para confirmar, sin embargo, la 
exactitud de lo que sostengo, de que la división forzosa 
de la propiedad, consecuencia precisa del sistema de legi¬ 
timas, es no sólo danosa á las familias, sino que en oca¬ 
siones debilita las fuerzas sociales y contribuyé à la dis¬ 
minución de la riqueza, dice M. Le Play en su obra sobre 
la Reforma social en Francia, que á ese medio acudio el 
Parlamento inglés en 1703 para destruir la influencia de 
los católicos irlandeses, dándose al efecto una ley (1) que 
(1) Ley 6.’, ano 2.°, Reinado de la Reina Ana. 
Real Academia de Ciencias Morales y Politicas 
europäische Rechtsgeschichte
	        
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