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DISCURSO
no puede tampoco ser sospechoso de enriquecerse con el tra¬
bajo ajeno» (16). Entretanto, no hablemos de patronos ni de
obreros al apreciar las cargas del Soguro social, sino del tra¬
bajo, que es la fuente originaria de todo beneficio, y el que,
por tanto, ha de atender, como a una obligación primordial,
al coste del Seguro.
Discurriendo sobre la función alimenticia y sustentadora
del trabajo (aun dentro de la hipótesis obrera-patronal pre¬
sente), vemos que el salario, o, en general, la remuneración
del trabajo humano, ha de ser suficiente para mantener la
vida del trabajador, porque siendo el trabajo la unica fuente
de riqueza para los obreros, si de él no obtuviesen lo nece¬
sario para la sustentación, perecorian, con notoria lesión de
la justicia y dano inmenso de la sociedad. De modo insupe
rable, y en términos verdaderamente lapidarios, ha expuesto
esta ley el Pontifice León XIII, en su inmortal Enciclica sobre
la condición de los obreros: «Conservar la existencia— dice¬
es un deber impuesto a todos los hombres, y del cual no pue¬
den sustraerse sin cometer un crimen. De este deber se de¬
duce necesariamente el derecho de procurarse las cosas ne¬
cesarias para la subsistencia, que el pobre sólo se procura
mediante el salario de su trabajo. Nada importa que el patro¬
no y el obrero hagan tales o cuales convenios, que estén de
acuerdo sobre la cifra del salario: por encima de su libre vo¬
luntad hay una ley de justicia natural mås elevada y mås an-
tigua, a saber: que el salario debe ser suficiente para permitir
subsistir al obrero sobrio y honrado. Y si, obligado por la ne¬
cesidad o llevado por el temor de un mal mayor, acepta con¬
diciones duras que, por otra parte, no le era fácil rechazar,
porque le son impuestas por el patrono o por aquel que hace
la oferta del trabajo, esto es sufrir una violencia, contra la
cual protesta la justicia.» La ley moral del salario, en su as-
peoto cuantitativo, es, pues, su suficiencia para sostener la
vida del trabajador, suficiencia que el economista belga mon
sieur Lagasse ha formulado en una relaciön matematica,
conocida con la denominación de ley de las dos eses, por¬
Max-Planck-Institut für
es y Politicas
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päische Rechtsg