DEL ILMO. SR. D. JAVIER VALES FAILDE
413
to, entendió en él por la disconformidad grande de las tres
sentencias que en aquél se dictaron y por los votos particu¬
lares que durante su paso por la Rota se emitieron.
Dedûcese de lo expuesto que el Supremo Tribunal de la
Rota de la Nunciatura Äpostólica tramita y falla en ültima
instancia los asuntos eclesiásticos de Espana, los cuales tan
solo cuando se da uno de los casos taxativamente expuestos
en el canon 1603 del Codex juris canonici, que son muy raros
en la prâctica, pueden ser revisados por la Signatura Apos
tólica.
Que si en algunas ocasiones los Tribunales romanos en
tienden en algun asunto de Espana, culpa es, no de la Santa
Sede, que por deferencia a Espana suele rechazar estos asun¬
tos, sino de los espanoles que, faltos de patriotismo — que
mas que en percalinas, frases hueras y pasodobles, está en
defender nuestros privilegios —, sustraen el conocimiento
de sus asuntos de los Tribunales eclesiásticos establecidos le
gitimamente en nuestra querida Patria.
Abriendo el Codex puede hacerse una objeción, en apa¬
riencia fundada, à nuestra doctrina, y es ésta: el canon 1603
parece referirse tan sólo a la Sagrada Rota Romana, y a esto
contestariamos que el párrafo cuarto de dicho canon habla
de sentencias rotales, y rotales son las de nuestro Tribunal:
y, ademâs, decir que no cabe revisión alguna de las senten
cias de la Rota de Espana no puede admitirse, porque seria
hacerla de mejor condición que la Rota Romana, a cuya se¬
mejanza fué creada; o de admitirse esta revisión, tendria el
Santo Padre que encargarla a comisiones u organismos di¬
versos, lo cual seria más complicado para todos y menos en
armonia con los postulados de la ciencia procesal o adjetiva.
ya que ésta tiende siempre a simplificar la organización ju-
dicial y a que los litigantes conozcan de antemano los Tribu¬
nales que hayan de juzgarlos.
2.4 Una sentencia de la Rota Espanola confirmando otras
dos entre si conformes, tiene el caracter de firme, ejecutoria y
pasada en autoridad de cosa juzgada.
Max-Planck-Institut für
Real Ac
Morales y Politicas
uropäische Rechtsgeschichte