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DEL ILMO. SR. D. ADOLFO BONILLA Y SAN MARTIN
de la brevedad, no menciono, su estudio sobre La jornada
de ocho horas, sus Comentarios a la Ley de Accidentes del tra¬
bajo y su luminoso Informe referente a las minas de Vizcaya,
con aquel otro, no menos interesante, acerca de la fébrica y
obreros de Mieres.
De singular actualidad es también la hermosa conferen-
cia que en 1917 dió el Sr. Puyol, en la Real Academia de Ju
risprudencia y Legislación, acerca de El arbitraje obligato
rio, sistema que, aun cuando constituye el ideal de muchos
paises, solo ha tenido cabida en los Códigos de cuatro: Nueva
Zelanda, Australia Occidental, Nueva Gales del Sur y Gine-
bra, sin que sus resultados prâctieos hayan sido enteramente
satisfactorios.
El Sr. Puyol advierte que todo arbitraje, y singularmente
el obligatorio, supone: en los patronos, que se hallen dispues
tos a reconocer la personalidad de las Asociaciones obreras
y a practicar el contrato colectivo de trabajo (que es, preci
samente, para lo que muestran resistencia mâs tonaz); en los
obreros, la organización (merced a la cual se consigue que la
Caja social ofrezca garantia de solvencia) y la disciplina
(«ûnica— dice el Sr. Puyol — que puede infundir en las gran¬
des masas el deber de acatar el fallo, cuando les sea adver¬
so»), y, en el orden administrativo, sel expedito y adecuado
funcionamiento de los Consejos conciliatorios y una legisla-
ción sindical de amplio criterio». Sin embargo, el mismo
Sr. Puyol advierte que los resultados del sistema no han sido.
hasta el presente, muy halagüsnos: asi, por ejemplo, en Gi-
nebra, «en los diez y siete anos que la Loy lleva de vigencia.
no ha podido resolverse por ella ningûn conflicto colectivo».
Y es que el arbitraje obligatorio representa una contradictio
in adiecto, si lo de obligatorio se toma como sinónimo de im¬
puesto; y el Estado, que tiene, o debe tener, fuerza para im
poner el cumplimiento del laudo, cuando las partes se han
sometido previa y voluntariamente a la sentencia arbitral,
carece de facultades juridicas y pråoticas para obligar a so
meterse al arbitraje a quienes de antemano se proponen exi-
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Real Academia
Morales y Politicas
uropäische Rechtsgeschichte