DEL EXCMO. SR. D. LUIS REDONET Y LÖPEZ DÖRIGA
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remediada por la instrucción de los monjes que actuaban de
cabezas directoras.
Un capitulo merecieron á la Orden cisterciense, los gana¬
dos mayores y menores (LXI: De armentis sive pecudibus), que
no debian apacentarse demasiado lejos durante el dia, ni de¬
jar de conducirse por la noche á las posesiones y tierras del
monasterio (qui in nocte revertantur intra proprios fines et
terras proprias) à excepción de las ovejas, llevadas y man¬
tenidas en los altos y en las faldas de los montes. Las pocil¬
gas se establecian à dos y aun á tres leguas de las granjas
(distancias que nos habla de la magnitud de los dominios
monâsticos), y sólo de dia podian vagar los animales cerça
de la porqueriza, recogiéndose à ésta todas las noches. Claro
es que los pastores y los porqueros, vivian à costa de la aba¬
dia ó de su granja.
No se ocultó á los legisladores del Cister, el peligro de
que los monjes acudiesen á las ferias, y aun francamente
consignaron que no parece muy honesto en religiosos; pero
accedieron à ello, por la necesidad de vender lo propio y
comprar lo ajeno, à cuyo fin se designaban dos monjes y dos
conversos de cada abadia, que no podian permanecer fuera
mâs de dos ó tres dias, ni cruzar el mar de Inglaterra (mare
Anglicum) a no ser en caso muy necesario y nunca à las fe¬
rias, sino sólo para comerciar en el mismo puerto de desem¬
barco, por el tiempo máximo de dos dias. Prohibido quedó.
que buscasen los monjes-comerciantes, el sustento propio y
el de sus bestias y caballerias, en las casas religiosas (zre¬
cordâis, senores, el horror que inspiraban los monjes giro¬
vagos y los que rehuyendo el trabajo, buscaban hospedaje
y comida en los monasterios que encontraban en su camino?).
Sin comprar peces ni cosas gustosas (joh, hermano lego,
companero de viaje del Cardenal de Albano!), sin beber vino
que no estuviese muy aguado, con solos dos pulmentos en la
comida, y sin comprar ni vender nada con destino seglar.
los hermanos vivirian por su cuenta (es decir, á costa de su
monasterio) y con la moderación debida á su religión y á su
Real Academie
Morales y Politicas
uropäische Rechtsgeschichte