Full text: Clemente de Diego y Gutiérrez, Felipe: Tesis: El uso, los usos sociales y los usos convencionales en el Código Civil español

DEL SR. D. FELIPE CLEMENTE DE DIEGO 
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El eminente poligrafo D. Joaquin Costa, en su laureada 
Memoria sobre el Derecho consuetudinario, también se hace 
eco del mismo fenómeno, refiriéndolo á tiempos anteriores 
al Cödigo. Lamentábase el Sr. Costa de la indefinición y va 
guedad del lenguaje técnico, achaque tan corriente en las 
Ciencias Morales y Politicas, efecto de la estrecha relación 
en que se dan con la vida y de encontrarlas dentro de nos¬ 
otros mismos, por lo que nos ofrecen ya formado el lenguaje 
sobre el que el indagador ha de operar aun á riesgo de tro¬ 
pezar con la obscuridad é indeterminación que fatalmente 
acompana à toda creación popular irreflexiva. Los voca¬ 
blos—decia—uso, costumbre, hábito, son ejemplo de ello, y la 
mas lamentable anarquia reina en cuanto á su empleo aun 
entre los doctos..... La sinonimia de usos y costumbres que 
vemos en jurisconsultos nacionales y extranjeros parece de¬ 
notar dos cosas distintas, sin explicar bien la diferencia. 
El fenómeno á que venimos refiriéndonos se dió en el De¬ 
recho romano y en muchas legislaciones modernas. 
Por lo que toca al Derecho romano, como dice muy bien 
Brie en su espléndida monografia sobre la costumbre juridi¬ 
ca (1), las expresiones empleadas en sus fuentes se toman del 
aspecto exterior de la misma, y son: consuetudo, mos ó mores, 
y alguna vez, aunque más impropiamente, usus; por ejemplo, 
en el párrafo 9.°, titulo 2.°, libro 1.° de las Instituciones de 
Justiniano, y en el primero del titulo 11, libro 4.° del mismo 
cuerpo legal (2). Ya nuestro San Isidoro (3) hacia derivar con¬ 
suetudo de communis usus. Las expresiones tan frocuentes eo 
jure ultimur y otras semejantes significan sólo el derecho vi¬ 
(1) Die Lehre vom. Gewohnheitsrecht.... Erster Theil; Breslau, 1899. 
(2) En el párrafo 1.° del fragmento 32, tit. 3.°, lib. 1.° del Digesto, se 
dice jus quo urbs Roma utitur; en el fragmento 37 del mismo titulo, li¬ 
bro y cuerpo legal se afirma: inspiciendum est quo jure civitas. ... usa 
fuisset. Del capitulo 2.° de la ley Aquilia se dice: in usu non est, en el 
párrafo 12, tit. 3.°, libro 4.° de las Instituciones. 
(3) Vocatur consuetudo quia in communi est usu. Etimologias, lib.5.°. 
cap. 3.°, pág. 191 y siguientes del vol. 3.°, edición de Arévalo, Lorenza¬ 
na, anno MDCCXCVIII. 
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y Politicas 
Real 
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