Full text: Alvarez-Buylla González-Alegre, Adolfo: Tésis: La reforma social en España

746 
DISCURSO 
bondad y perfección que insensiblemente producen la mis¬ 
ma prâctica y emulación que resulta de la multiplicación de 
manos dedicadas à una propia labor». Espera mucho el Rey 
del interés de los industriales y del celo de las autoridades 
administrativas, municipales y eclesiasticas, y teniendo pre- 
sente que la Diputación de los cinco gremios mayores de 
Madrid estaba dispuesta å instalar en Ezcaray y otros pue- 
blos las Escuelas que necesita, para surtir de buenas hilazas 
la Real fábrica de panos de aquella villa; y con el fin de au 
xiliar à cuantas corporaciones y particulares se propusieran 
imitar aquella plausible conducta, estableció el arbitrio de 
«medio real de vellón en cada arroba de lana lavada de cual¬ 
quier clase que sea, y un cuartillo de real en toda la sucia 
que se extraiga fuera de estos reynos por naturales y ex 
tranjeros»; la 1.2, titulo 26, que fija la jornada legal en cier 
tos oficios (1); la 2.2, que prescribe el pronto pago del sala¬ 
rio y la limitación del nûmero de obreros (2); la 12.2, titulo 
12, del libro 10.°, que establece privilegio para el cobro de 
(1) «Porque es orden de justicia que los mercenarios no sean defrau 
dados de su merced, ni aquellos que los alojen ó alquilen no sean defrau 
dados del servicio, ordenamos que todos los carpinteros y albanilesy 
obreros y jornaleros y otros hombres y mujeres y menestrales que se me 
ten å alojar y alquilar, que se salgan å las plazas de cada lugar do estu 
vieran, do es acostumbrado de se alquilar cada dia en quebrando el alba, 
con sus herramientas de manera que salgan del lugar en saliendo el so 
para hacer las labores en que fueren alquilados y labren todo el dia ei 
tal manera que salgan de las dichas labores en tiempo que lleguen á las 
Villa ò lugar en que fueren alquilados que labren dende el mismo tiempo 
que sale el sol y dexen la labor quando se pusiera el sol so pena de que le 
no sea pagado el cuarto de jornal que ganare.» 
(2) «Porque hay algunos hombres que hacen barta á sus obreros que 
hacen sus labores y no les pagan; tenemos por bien y mandamos que en 
la noche quando viene el obrero de su labor que el que las truxere que 
riendo el obrero que le pague luego le pague; y si el quisiere labrar otro 
dia con el y suspendiere que le pague otro dia, y mandamos que non den 
gobierno en ningun lugar de nuestros Reyes aunque sea acostumbrado, 
so pena del doblo; y mandamos que ninguno de los que llevaren obreros 
para labrar no puedan llevar más que el que más llevare, que doce cada 
dia; porque hayan comunalmente todos obreros para sus labores.» 
Max-Planck-Institut für 
es y Politicas 
ropäisch 
schichte
	        
Waiting...

Note to user

Dear user,

In response to current developments in the web technology used by the Goobi viewer, the software no longer supports your browser.

Please use one of the following browsers to display this page correctly.

Thank you.

powered by Goobi viewer