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DISCURSO
y se continûa durante todo aquel siglo, en cuyas postrime
rias se inicia la tendencia centralizadora; decaen en el si¬
glo xVI, se enflaquecen y consumen en el siglo xv y mueren,
finalmente, en el siglo XVI, pereciendo con ello las libertades
en Castilla y convirtiéndose este reino, en manos de los Re¬
yes absolutos, una vez perdida su libertad, como escribe Pi
y Margall, en el instrumento con que fueron extirpadas las
libertadas de los demás reinos espanoles.
Como cada Fuero refleja una concepción ó una pauta
engendrada por necesidades que, aun siendo generales por
su naturaleza, estaban determinadas en su intensidad y al-
cance por circunstancias locales, el régimen foral es varia¬
disimo. Y esta variedad se acrecienta porque ni el texto es
crito ni la prâctica de este texto son fijos é. inmutables, sino
que se van alterando y modificando à medida que las cir¬
cunstancias locales se modifican también y se transforman,
Lo cual no impide que haya muchas ciudades organizadas
conforme à un Fuero comûn, porque no fué insólito exten¬
der el Fuero de una ciudad á otras que sucesivamente iban
naciendo ó que lograban recabarlo. Pero si en la amplitud
y determinaciones concretas de esos Fueros reinaba la va¬
riedad, la estructura intima de la organización por ellos di¬
senada coincide, en las varias épocas de la evolución del
régimen foral, substancialmente.
El tipo de esa organización en la primera época es el
Concejo. En éste todo el poder municipal corresponde á la
universalidad de los vecinos, comprendiendo los del nûcleo
urbano y campos adyacentes, con todos los poblados y ca¬
serios, ó sea lo que, con nombre moderno, pudiéramos lla¬
mar conjunto del término municipal. En esa Asamblea de
vecinos, reunida en Concilium, de donde viene el Concejo,
residen todas las facultades para intervenir en lo que pudié¬
ramos agrupar en el nombre de policia urbana: régimen de
abastos, con la tasa de precios, y determinación de condicio¬
nes generales de trabajo, con tasa del salario, asi como la
imposición y cobranza de tributos destinados á subvenir à
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encias Morales y Politicas
Real Academia
uropäische Rechtsgeschichte