DEL EXCMO. SR. CONDE DE ROMANONES
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hecho social, toda vez que, siendo en este aspecto personali¬
dad natural, producto de la coexistencia misma de los seres
humanos, como hecho no puede desaparecer, cualquiera que
sea la situación de un pueblo. Pero no existian como orga¬
nismo politico, ni como órgano administrativo, ni como ele¬
mento de coordinación de actividades sociales. Si algo seme¬
jante habià, fueron residuos del antiguo Municipio romano,
sin influjo ni vitalidad. Pero apenas se inicia la Reconquista,
surge el Concejo, con los caractères singulares que se deri¬
van especialmente de la necesidad social á que responde, y
por tanto con las caracteristicas que ha de presentar hasta
su decadencia. La formación del Concejo, cuyo crecimiento
y definitiva organización forja el Municipio, se adelanta en
Espana à los demás paises. Operan para producir este fenó¬
meno las mismas causas que en las demâs comarças de Eu¬
ropa à que en pârrafos anteriores nos referiamos, y además
otra, poderosisima, propia de nuestro pais. La acción misma
de la Reconquista, la necesidad de ir formando una frontera
viviente que asegurase contra las incursiones los nuevos do¬
minios, y la conveniencia perentoria de poblar los territorios
conquistados.
La vida municipal espanola adquiere su verdadero es¬
plendor, precisamente por esas razones, en Castilla y León.
El carâcter predominante militar de las tribus germanas; la
exaltación del individualismo que por aquellos siglos le es
propia, y que constituye la verdadera aportación espiritual
de su raza al derecho y á la organización social; la institución
del vinculo y la alianza de estos carac teres con la propiedad
territorial, juntamente con la casi absoluta disolución del
mundo antiguo, originada, mâs que por las invasiones, por
la consunción interior del Imperio romano, crea en todos
los paises donde los germanos se asientan el régimen feudal.
Espana no se exime de esta ley; pero el feudalismo des¬
enfrenado, rigido, opresor en los paises germánicos y en
Francia, no reviste estos caracteres en Espana más que en
Cataluna y Aragón, y se templa en León y Castilla, adquirien¬
Max-Planck-Institut für
s Morale
uropäische Rechtsgeschichte