DEL EXCMO. SR. D. JOAQUIN FERNÄNDEZ PRIDA
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porciones se alteren, y por variar el radio de su acción no
cambia su naturaleza.
Quizä à la hora presente sea más fácil reconocer que en
lo pasado lo que hay de verdad en las observaciones que
preceden. Lo que fué un dia débil corriente de opinión, com¬
batida por los teólogos y canonistas de la Edad Media, cuyas
doctrinas inspiraron mås tarde à nuestro Francisco de Vito-
ria, y posteriormente à Hugo Grocio, llegó á ser, en los albo¬
res del siglo actual, manera de pensar tan generalmente ad¬
mitida, que, en sentir de muchos, la ultima y definitiva pala¬
bra de la ciencia era la condenación de la guerra, sin distin¬
gos ni atenuaciones.
Mas la violenta sacudida que en el orden de las ideas y
de los hechos hubo de causar el actual conflicto europeo,
quebrantó convicciones que parecian tener raiz profunda, y
encaró con la compleja realidad de la vida los espiritus más
propensos á discurrir à espaldas de ella.
Asi se observa que quienes con mayor ahinco minaban
el terreno å la guerra, estorbándola por todos los medios y
maldiciéndola en todas sus formas, la enaltecen hoy cuando
juzgan que puede favorecer el triunfo de ideales determina¬
dos, y aun sienten inclinaciones á extenderla, convirtiendo à
los neutrales en beligerantes, para bien de la libertad, la ci¬
vilización ó la justicia.
Reconócese, pues, comûnmente lo que, poco ha, se nega¬
ba, es decir, que aun siendo deseable una transformación en
las condiciones de la sociedad internacional, que arrebate la
función coactiva de las manos que hoy la retienen, en las
presentes circunstancias, la guerra, como medio coercitivo à
que en momentos extremos tienen que acudir los Estados, es
ó puede ser justa y, siéndolo, antes garantiza que infringe
las normas positivas.
No hay agravio, por lo tanto, al Derecho, siempre que un
Estado ofendido apela al supremo recurso de la fuerza, y
aun en el curso de la lucha no cesa tampoco el imperio de
aquél en la medida que ordinariamente se cree.
Max-Planck-Institut für
Politica:
uropäische Rechtsgeschichte