DISCURSO
284
paración juridica. Ni se propone deshacer errores ni ende¬
rezar voluntades, ni para uno ni otro fin es ûtil; no es senten¬
cia que fija y aclara el derecho dudoso, ni pena que corrige,
ni remedio seguro de los males que la infracción engendra:
es solamente fuerza destructora que arrolla obstâculos y pa¬
raliza à quien ataca ó vence à quien resiste; servidora ciega
de todas las causas, incapaz, por si misma, de llevar un rayo
de luz à la mente ofuscada ó un principio de regeneración à
las voluntades rebeldes.
Descartada la hipótesis de ser medio reparador la guerra,
queda reducida esta ultima à la categoria de medio coerciti¬
vo que los Estados utilizan, tanto para mantener sus dere¬
chos como para ejecutar las propias decisiones; porque, en la
vida internacional, cada Estado, à más de cuidar de la garan¬
tia de su derecho, es parte y juez à un mismo tiempo en los
litigios que sostiene, y, salvo el caso de voluntaria sumisión
al arbitraje, él mismo demanda, enjuicia y falla y cuida de
obligar coactivamente, después, al cumplimiento de lo que
estimó sentencia justa ó reparación debida.
Tôcase aqui de nuevo el modo defectuoso de estar orga¬
nizada la coacción de que ya se habló antes, mero ofecto, à
su vez, de la anárquica independencia en que viven hoy los
Estados; y en circunstancias tales, aparece la guerra como
procedimiento coactivo, que si, por la actual forma de su em¬
pleo, conduce fácilmente al abuso, no por eso deja de ser, en
ocasiones, recurso supremo é irreemplazable, puesto al ser
vicio de la reparación ó de la defensa del Derecho.
Cuando esto ultimo ocurre, no supone la guerra, por do¬
lorosas que sean sus consecuencias, olvido ni desprecio de
las reglas juridicas internacionales, sino viril afirmación de
su existencia y forma ineludible de la lucha que es preciso
mantener contra las pasiones de los hombres, para que la jus¬
ticia triunfe. Acudir entonces à la guerra es usar de la fuerza
como de ella usa el individuo en defensa legitima, ó como
usa de ella el Estado para vencer la resistencia à sus man¬
datos; que el hecho es siempre el mismo, aunque sus pro¬
Max-Planck-Institut für
rales y Politicas
europäische Rechtsgeschichte