Full text: García Alix, Antonio: Tesis: Función del rey en el régimen constitucional y parlamentario

DISCURSO 
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y nerviosos, origen de irremediables perturbaciones, como 
de aquellas regresiones que se empenan en desconocer el 
movimiento evolutivo propio y peculiar del andar de los 
tiempos. 
Las exageraciones de aquellos que limitaban la Monar¬ 
quia á un mero simbolo, despojándola de propias y pecu¬ 
liares funciones, ha hecho comprender à los modernos tra¬ 
tadistas de Derecho constitucional y parlamentario que el 
Rey, dentro del régimen politico, constituye un verdadero 
Poder, el mås importante, el de acción más provechosa y el 
de mayor eficacia en el ejercicio del gobierno. 
Las Cámaras legislativas arrancan de la función del 
sufragio; representan, por tanto, un estado de opinión en el 
momento de ser elegidas, opinión que responde en todos los 
pueblos à las circunstancias transitorias representadas por 
aspiraciones ó necesidades sentidas, pero que no tiene ni 
puede tener una permanencia que asegure en todo momento 
que los elegidos de hoy, en el transcurso de algûn tiempo, 
aun dentro de la vida legal, puedan de hecho ser los verda¬ 
deros representantes de la opinión pûblica. 
Por otra parte, el ejercicio de Poderes, aun mantenido 
dentro de la esfera de acción que les es propia, no estâ 
exento de que uno con otro experimenten rozamientos y 
dificultades que pueden muy bien ser origen de conflictos, y 
de aqui la necesidad de un Poder que, más permanente por 
su naturaleza propia, acompase el funcionamiento de aque- 
Ilos más transitorios y fugaces, y represente entre ellos el 
lazo de necesaria armonia con el fin de dar à la obra de go¬ 
bierno la seguridad y la autoridad, á un mismotiempo, tan ne¬ 
cesarias en toda función directiva y en todo acto de reso¬ 
lución. 
Ese Poder armónico, verdadera garantia del régimen 
constitucional, imposibilitado por las limitaciones de la Cons¬ 
titución de degenerar en Poder personal y autoritario, pero 
facultado por el mismo Código politico para que se pueda 
realizar y cumplir la vida del Derecho, es, á mi entender, la 
Max-Planck-Institut für 
adem 
y Politica 
Morale: 
uropäische Rechtsgeschichte
	        
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