DEL SR. MARQUÉS DE LA VEGA DE ARMLJO. 229
variar por completo, porque los casos de fuerza, con el
aislamiento, habrån de ser muy raros, y la aplicacion
general del trabajo exige que los empleados conozcan por
lo ménos un oficio, para que puedan servir de inspecto-
res y maestros. Asi se pide que las condiciones del direc¬
tor sean muy distintas, pues ya no basta la moralidad y
el carâcter sino que, dada la nueva organizacion, tam-
bien se requiere que sea hombre de administracion, de
vocacion especial y gran conocedor de los secretos resor¬
tes que mueven el corazon humano. Por eso se observa
que en todos los paises donde se introdujo esta reforma,
se puso à la cabeza de las prisiones à hombres muy dis-
tinguidos, debiéndose las más veces el resultado satisfac¬
torio de la aplicacion de un sistema penal á la buena ó
mala eleccion del director.
Pero, si es importante para la realizacion de una refor-
ma el personal que ha de llevarla á cabo, no lo es ménos
que la sociedad esté dotada de aquellas instituciones que
la completan, y las sociedades de patronato son al siste¬
ma penitenciario lo que el telégrafo eléctrico al camino
de hierro. En efecto, por más que las sociedades de patro¬
nato y esta aplicacion de la electricidad, sean posteriores
al sistema penitenciario y à las vias férreas, no acerta-
mos hoy á comprender las complicadas maniobras de un
ferro-carril sin aquel auxiliar, asi como no puede reali-
zarse el objeto de la reforma penal sin aquella arma po-
derosa.
La admirable organizacion del sistema de Cherry-Hill.
asi como la ménos perfecta de Auburn, se estrellaban
siempre ante el nûmero creciente de las reincidencias; y
aunque el primero Ilevaba siempre ventaja al segundo,
tantos eran los reincidentes, que habrian minado el sis-
tema por su base, si los hombres pensadores, en vez de
buscar en las mejoras de la prision el remedio del mal, no
hubieran atacado su raiz dentro de la sociedad.
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Morales y Politicas
europäische Rechtsgeschichte