Volltext : Montes de Oca, Manuel Augusto: Represión

NOCIóN  HISTÖRICA  DE  LA  REPRESION
cir  el  arrepentimiento  y  la  corrección  al  mismo  tiempo
que  se  satisfacia  con  ella  las  exijencias  divinas.
Para  llenar  sus  propósitos  la  Iglesia  aconsejaba  la
moderación  en  el  castigo  y  la  igualdad  absoluta  ante
la  ley,  sin  tener  en  cuenta  para  nada  la  calidad  de  la
persona.  En  cuanto  á  lo  primero,  si  bien  los  textos  del
derecho  canónico  establecen  la  pena  capital,  fuerza  es
decir,  que  en  los  primeros  tiempos  se  produjo  un
grande  alejamiento  de  las  penas  corporales;  que  si
alguna  vez  habia  que  aplicar  la  de  muerte,  el  malhechor -
  era  entregado  al  brazo  secular  (1),  y  que  muy  de
ordinario  la  Iglesia  intervino  para  librar  al  reo,  condenado -
  por  el  poder  láico,  del  rigor  de  sus  disposiciones, -
  creando  derechos  y  privilegios  que,  como  el  asilo,
hasta  hoy  se  conservan  en  el  mundo  católico.  Solo  à
la  época  en  que  la  politica  sentó  sus  reales  en  la  silla
papal  y  en  que  las  disidencias  y  preocupaciones  introdujeron -
  cismas  profundos  dentro  del  mismo  clero,
es  que  se  esgrimió  el  arma  que  la  ley  habia  creado  y
se  estendió  el  castigo  con  crueldad  excesiva.
En  cuanto  á  lo  segundo,  sabido  es  que  Roma  habia
pisoteado  el  principio  de  igualdad  ante  la  ley,  respondiendo -
  á  sus  miras  autoritarias.  El  cristianismo  lo  levantó -
  y  sentó  como  verdad  axiomática  que  la  pena  se
inflige  de  igual  modo  al  mas  encumbrado  como  al  mas
humilde,  al  senor  y  al  esclavo,  al  emperador  y  al  mendicante. -

(1)  ORTOLAN,  op.  cit.,  pág.  29  ;  BERNER,  op.  cit.,  pâg.  45.
            
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