INSUFICIENCIA DE LA REPRESION
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la legislación criminal. Aûn cuando no llena en la
manera deseada los grandes fines de su instituto, es,
no obstante, un correctivo impuesto à las actividades
del malhechor, que contiene en algo los avances
criminosos. Pero dentro de él mismo, pueden hacer
se mejoras que repercutirán en la práctica favorablemente -
y son, ante todo, la agravación general de
las penas.
El padre del Derecho Penal, BECCARIA, sostuvo con
ahinco la benignidad del poder para con los delincuentes, -
impresionado por el barbarismo y las cruel
dades de la época medieval, que habian trascendido
á los tiempos modernos. Coronados ya con el éxito
tan laudables esfuerzos, penetrado el espiritu de la
civilización contemporánea en la esfera del Gobierno,
dominada la fuerza fisica por la fuerza del derecho,
no estamos en circunstancias de temer los desbordes
sanguinarios en contra de los autores de crimènes
comunes, y podemos levantar en alto la bandera que
conduzca al bienestar de la sociedad futura : guerra al
delito.
La severidad de las penas, en cuanto lo exijan las
necesidades de la defensa, disminuirá el nümero siempre -
creciente de las reincidencias, producirá una intimidación -
más cierta y contendrá el aumento de la
criminalidad, haciendo desaparecer el cuadro sombrio -
que hoy se ofrece á nuestra vista.
El porvenir del derecho criminal está en la vigencia
de la doctrina de la eliminación, con el encierro per¬