REPRESIÖN
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sultado de contenerlos, evitando la perpetración de
un acto criminal.
ÖBARRIO recuerda al eminente jurisconsulto italiano
MANCINI, quien registra entre sus obras, el siguiente
párrafo, hijo de un estudio detenido de la materia:
Los buenos huyen espantados del horrible drama
de una ejecución capital. Acude à ella, en su mayor
parte, una multitud brutal, ansiosa de satisfacer su in¬
moral curiosidad con un espectáculo feroz. De cierto,
ninguno interviene con el ánimo predispuesto à recibir
el laudable ejemplo de la ley; y la historia confirma,
que, repetidas veces, al tiempo y en el mismo lugar de
la ejecución, acontecen graves delitos, aun de aquellos,
por causa de los que pierde el criminal su vida en el
patibulo" (1).
Interrogado un ministro de Newgate sobre el efecto
producido en el espiritu del pueblo, respondió: " Pien¬
so que produce un movimiento instantaneo de horror y
de asombro sobre la juventud y la inexperiencia; pero
la impresión no es duradera y su imagen desaparece
apenas ha terminado la escena. Los veteranos esperi¬
mentados esclaman que la suerte se ha vuelto contra et
paciente, que esto nada prueba y que se debe esperar
tales accidentes; mas su espiritu no recibe ninguna
impresión fuerte“.
En el ano 1822 fué ejecutado en Lancaster un ase¬
uno, llamado Juan Lechler, en presencia de una mul¬
(1) OMAAMIO, Lecciones de Derecho Penal, pâg. 182.