Metadata : Montes de Oca, Manuel Augusto: Represión

NOCIÖN  HISTÖRICA  DE  LA  REPRESIÖN
pleo  de  penas  moderadas:  ipsis  facilius  emendabis
minore  pæna.
SÉNEcA  se  ha  apartado  de  la  senda  trazada  por  sus
antecesores,  importando  à  Roma  la  base  en  que  más
tarde  debia  apoyarse  la  escuela  correccionalista,  pero
sus  obras  no  ejercieron,  en  cuanto  á  la  pena,  influencia -
  alguna  en  la  legislación,  que  nada  se  separó  de
las  doctrinas  ciceronianas  derivadas,  segün  lo  he  manifestado, -
  de  la  indole  del  pueblo  para  que  escribia.
El  imperio  romano,  amenazado  en  el  exterior  por
el  elemento  bárbaro  y  en  el  interior  por  el  cristianismo
que  pugnaban  por  subyugarlo  politica  y  espiritualmente, -
  valiéndose  el  primero  de  las  armas  y  el  segundo
de  la  cruz  y  del  trastorno  completo  de  las  instituciones, -
  por  la  introducción  de  principios  humanitarios  y
fraternales;  el  imperio  romano,  decia,  amenazado
de  esa  suerte,  no  cambió,  sin  embargo,  su  concepto
represivo  y  asi  cuando  se  produce  su  desmoronamiento
y  caida,  todavia  se  decia  que  el  fin  de  la  represión  era
ünicamente  la  conservación  del  Estado.  Esta  firmeza
en  la  teoria  penal  es  tanto  mas  digna  de  tenerse  en
consideración  cuanto  que  los  bárbaros  habian  adquirido -
  cierto  ascendiente  en  el  pueblo  romano,  el  cristianismo -
  se  habia  hecho  la  religión  del  Estado,  y  en
cuanto  al  punto  de  que  me  ocupo,  unos  y  otros  diverjian -
  abiertamente.
            
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