Full text : Montes de Oca, Manuel Augusto: Represión

REPARACIÖN  DEL  DANO
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intensidad  y  de  resultados  más  deplorables  y  lastimosos. -
  Quizá  quede  una  familia  sumergida  en  la
miseria,  quizá  los  raidos  harapos  con  que  se  cubren
sus  miembros,  no  consigan  librarlos  del  rigor  de  la
intemperie.
Ante  el  dano  social  que  se  reparte  entre  muchos  y
el  dano  individual  que  anonada  à  unos  pocos,  la  urgencia -
  aconseja  atender  primero  á  este  ultimo,  lo  cual
no  importa  decir  que  se  descuide  por  completo  à
aquel  ;  pero  si  importa  sostener  que  la  autoridad  pûblica -
  no  obra  correctamente,  cuando  enriquece  á  una
rama  administrativa,  con  el  producto  de  las  penas
pecuniarias  y,  por  otra  parte,  abandona  á  los  ciudadanos -
  cuando  tratan  de  conseguir  su  indemnización,
La  pena  de  multa,  por  ejemplo,  que  es  tan  sólo  la
cantidad  correspondiente  al  disturbio  social  ocasionado, -
  aumenta  el  patrimonio  de  las  escuelas  y  mientras
tanto  nadie  repara  el  mal  de  los  particulares  cuando
el  reo  es  insolvente.  Esto  no  es  justo,  no  es  regular.
no  es  admisible.
No  es  moral,  escribe  CARRARA,  que  el  gobierno
acreciente  su  peculio  con  los  delitos  que  no  ha  sabido
prevenir"  (1).
Se  dirá  que  las  multas  han  servido  en  la  Republica
para  coadyuvar  al  levantamiento  de  edificios,  honra
de  nuestro  pais,  que  llenan  de  admiración  al  estrangero -
  que  arriba  à  playas  argentinas  y  de  orgullo  á
(1)  анвaIA,  Programma,  tomo  1°,  pág.  472.
            
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