Volltext : Montes de Oca, Manuel Augusto: Represión

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PROPORCION  PENAL
(1)
siempre  uno  que  resulta  menos  castigado.
Para  mi  estas  palabras  encierran  una  verdad  inconcusa, -
  pero  no  encuentro  la  imposibilidad  práctica  de
que  habla  PEYRONNET,  si  se  implanta  el  sistema  de  las
penas  arbitrarias;  es  decir,  si  se  concede  à  la  autoridad
judicial  la  facultad  indispensable  de  aplicar  los  medios
represivos,  de  acuerdo  con  las  exijencias  variables  de
cada  caso.  Tal  imposibilidad  seria,  si,  un  hecho  pretendiendo -
  que  el  legislador  prevea  todas  las  circuns
cias  del  delito  y  condiciones  del  delincuente,  para
graduar  el  mal  moral  que  le  corresponderia  por  la
infracción;  pretendiendo  que  estudie  de  antemano
los  caracteres  y  constitución  orgánica  de  todos  los
malhechores  posibles,  para  senalar  cuál  debe  ser  la
intensidad  del  sufrimiento  aplicable.
Encuentro  perfectamente  lógico  el  sistema  de  las
penas  arbitrarias  en  los  que  creen  que  la  represiön  no
difiere  del  castigo.  Se  dirá,  tal  vez,  que  con  la  fijäción
de  un  máximun  y  un  minimun  dentro  del  cual  pueda
actuar  el  criterio  judicial,  la  dificultad  desaparece;
pero,  en  primer  lugar  son  tan  grandes  las  distinciones
entre  los  reos  respecto  á  su  sensibilidad  fisica  y  moral,
que  la  prefijación  seria  inûtil,  pues  los  estremos  debe
rian  estar  muy  distantes  entre  si.  En  segundo  lugar,
los  medios  represivos  son  de  mültiples  especies,  á  pesar -
  de  las  tentativas  para  unificarlos  hechas  por  el
Congreso  de  Stockolmo  á  iniciativa  de  THONISSEN
(1)  PEYRONNET,  Pensées  d'un  prisonnier,  1836,  tomo  1°,  pág.  87.
            
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