REPRESIÖN
iitando al malhechor ya á mutilarse y á caminar en
guida con un rumbo invariable hasta encontrar la
muerte, ya à tirarse al fuego ó precipitarse en lo más
rudo de un combate (1). Si no seguia estos consejos,
poder pûblico, en el interés de conservar el orden
social, imponia la pena, aunque dudando de su eficia. -
La legislación China, obedeciendo al principio religioso-politico -
que, como he dicho, fué uniforme en
todoel Oriente, estableció varias especies de penas, generalizándolas -
al extremo de que alguien haya pensado
que todo el, Código, considerado aun en sus disposiciones -
civiles, es esencialmente un Cödigo criminal.
CONFUCIO, fué, además, el iniciador de la proporcionalidad -
exajerada é ilógica entre el delito y el castigo,
que se conserva todavia en el Celeste Imperio, como
uno de sus rasgos caracteristicos ante el Derecho
Criminal.
Los Hebreos se distinguieron de las naciones cir
cunvecinas y coetáneas por ser sectarios de una
religión muy humanitaria, semilla de grandes prinipios -
que debian fructificar bajo la saludable acción
esûs; pero en cuanto á la represión, eran idénticos -
sus preceptos á los que entonces estaban más
jeneralmente en boga: la expiación y la intimidaon -
eran los dos objetos de la pena.
IENHY SUMNER MAINE, Etudes sur l'ancien Droit et la coutume primitive,
lel inglés por José DURIEU DE LEYRITZ. 1884, pág. 56.