REPRESIÖN
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manisiesto, en seguida, su conformidad con las ideas
que sustenta, diciendo, entre otras cosas:
La pequenna asociación decreta la espulsión después
de haber juzgado al socio, y funda su juicio en el he-
cho cometido y en los que puede cometer.
La grande asociación, llamada sociedad por anto¬
nomasia, no obra de distinto modo cuando elimina à
quienes han revelado una deficiencia de los senti¬
mientos humanos más comunes, más elementales y
mas necesarios. La acción cometida con todas las
circunstancias objetivas y subjetivas que la acompa¬
fian des ó nó un verdadero delito, una acción tal que
patentice la falta ó debilidad del sentido moral? Si la
respuesta fuere afirmativa, el reo no es idóneo à la
convivencia social; debe ser él puesto fuera, sea à
perpetuidad, sea provisoriamente, sea perdiendo toda
posibilidad de contacto con los hombres, sea perdiendo
determinadas relaciones, segûn que se pueda presentir
que su anomalia moral se modificará ó nó. Un parrici¬
da, por consiguiente, aun cuando materialmente no
lo será por segunda vez, una mujer infanticida que no
tiene va más hijos que sofocar, no se adaptan à las
reglas sociales, por cuanto carecen de uno de los senti¬
mientos fundamentales de la moral püblica, la piedad.
De lo espuesto resulta que la reacción, en forma
de climinación es el efecto socialmente necesario de
la acción del delito (quia peccatum), y es el efecto na¬
tural, si es cierto que el organismo social tiene, como
todos, leyes invariables que son condición de su vida.