QUÉ ES LA REPRESIÖN?
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tenciaria, prisión, arresto, destierro, inhabilitación y
multa.
Dejando de lado, porque no hace á mi objeto, la
discusión suscitada sobre la legitimidad y necesidad
de la pena de muerte, tan luminosamente estudiada
por OBARRIO (1), diré solo que ella debe ejecutarse
dentro del establecimiento en que se encuentre el
condenado, quien será asistido por el sacerdote ó
ministro del culto, cuyo auxilio hubiera solicitado ó
aceptado (2), que nunca se impondrá por causas politicas -
(3), ni cuando haya prueba de presunciones, por
vehementes que sean (4), ni á las mujeres ni menores
de edad ni mayores de setenta anos (5)
La pena de presidio consiste en la imposición al
condenado de ciertos trabajos en beneficio del Estado.
Es cuestión dudosa si tales trabajos deben ejecutarse
dentro de la Cárcel ó nó, pero interpretando los articulos -
60 y 61, confusamente redactados, la opinión
afirmativa es más aceptable. La primera de esas disposiciones, -
en efecto, prohibe á los sentenciados recibir
auxilio alguno de fuera del Establecimiento y la segunda
establece que no podrán ser empleados en obras de
particulares ni en las pûblicas que se ejecuten por
empresas ó contratos con el Gobierno. Los trabajos,
segün el mismo articulo 60, deben ser duros y peno¬(1) -
Op. cit., pâg. 167.
(2) Art. 56, Código Penal.
(3) Constitucion Nacional, articulo 18.
(4 Côdigo Penal, artsculo 55.
(5) Côdigo Penal, articulo 59. Véanse, además, los articulos 57 y 58.