Full text: Weigel, Ernesto J.: Sistema de las obligaciones

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esceptua á los dementes, sordo-mudos y auséntes, 
declarados tales en juicio, si la demencia 6 sordo¬ 
mudez son completas, ó si la ausencia no ès acci¬ 
dental. Tambien son escluidas las personas por 
nacer, en las relaciones juridicas que pueden afec¬ 
tarlas durante su existencia uterina, la que bajo el 
punto vista del Derecho es condicional;— «si nace 
vivo » se reputa haber existido. 
Pero estas escepciones aisladas tienen, à mi jui¬ 
cio, la misma eficacia que cualquier anomalia indi¬ 
vidual, cuya prueba implicaria incapacidad personal 
de obrar. Un breve análisis del fundamento psi 
cológico de la capacidad de hecho, me dará la razon: 
Llamo discernimiento à la facultad de conocer; 
su ejercicio se denommna intencion; el poder de rea¬ 
lizar la intencion, es la libertad; el ejercicio mate¬ 
rial de este poder constituye el acto, y los hechos 
que de este se derivan, de una manera proxima o 
remota, mediata ó inmediata, son sus consecuencias 
materiales. 
Ahora bien, esos son elementos de la voluntad 
humana, cuya imperfeccion en las relaciones licitas, 
puede tener por causa: primero— la falta de dis 
cernimiento, como en los nifios, los locos, los in¬ 
béciles, las personas por nacer, los sordo-mudos que 
no saben darse á entender por escrito, y los que 
por cualquier causa accidental se encuentren si¬ 
discernimiento, como el sonámbulo y el ébrio abso¬ 
luto; segundo— falta de intencion, como cuando e¬
	        
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