Full text: Weigel, Ernesto J.: Sistema de las obligaciones

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periuicio causado por la inejecucion parcial 6 to¬ 
lel de los actos estintivos del principal, pero né de 
su retardo total 6 parcial, como en los dos prime¬ 
ros casos. 
si la clausula se presenta bajo la forma de una 
prestacion subsidiaria—que puede cumplir el deudor, 
6 cuvo cumplimiento puede exigir al acreedor, en 
sustitucion de la prestacion principal—se trata uni¬ 
camente de la determinacion prévia del bien futu¬ 
ro que debe incorporarse al patrimonio del creditor, 
en caso de no serle posible al debitor procurar 
el que prometió, y de que aquel no prefiera su 
equivalente pecuniario, á la prestacion accesoria, que 
toma el nombre de facultativa. 
13— Con relacion al elemento personal, hay que 
distinguir dos casos: que se trate de sugetos indi¬ 
viduales, 6 de personas juridicas, interviniendo en 
una obligacion. 
Consideradas aisladamente, las personas de exis¬ 
tencia visible, requieren, para obligarse, una doble 
capacidad: la de hecho en cuya virtud pueden ser 
actores en las relaciones de derecho; y la de de¬ 
recho que se vincula con el patrimonio, en cuanto 
determina el limite del ejercicio de los derechos 
que competen à cada clase de personas, sean 6 no 
de existencia visible. 
La capacidad de hecho es presumida juris por 
ley, para las voliciones desde la edad de cator 
s anos, y para las violaciones desde la de diez. Se
	        
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