fullscreen : Vallejo, Santiago: Ligeras reflexiones sobre la propiedad

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5°  El  derecho  de  hipoteca;
6°  La  prenda;
7°  El  anticrésis.»
Pongamos  de  lado  la  propiedad—el  dominio  y  el
condominio—para  ocuparnos  ligeramente  de  sus  gravâmenes, -
  enûmerados  en  los  incisos  que  le  siguen.
Estos  gravâmenes  son  derechos  reales,  jura  in  re
que  necesariamente  participan  de  la  naturaleza  del
derecho  real  que  los  genera.  Y  efectivamente,  si
partiendo  de  ellos,  remontamos  la  amalgama  compacta -
  de  los  raciocinios  à  que  conducen  las  relaciones -
  retrospectivas,  los  encontrarémos  emanando  todos
del  concepto  de  la  propiedad,  como  otros  tantos  accidentes -
  posibles  que  nacen  artificialmente  de  los  actos
del  propietario.
La  enumeracion  del  articulo  2503,  si  bien  desiclente
como  enumeracion  cientisica,  nos  parece  buena  como
legal.
Despues  de  las  sólidas  razones  en  que  sunda  el
codisicador  la  supresion  de  los  derechos  reales  de  superficie -
  y  de  ensitéusis,  nada  tenemos  que  anadir  sobre
esta  doctrina  aceptada  por  la  jurisprudencia  moderna.
Si  la  reglamentacion  del  goce  de  la  propiedad  es  de
interés  y  órden  pûblicos,  queda  ipso  facto  legitimado
el  derecho  del  poder  pûblico  para  imponer  prudentetemente -
  ciertas  prohibiciones  en  el  modo  de  disponer
de  la  propiedad,  sin  desnaturalizar  por  esto  el  derecho
del  propietario.
            
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