Full text : Ugarteche, Cayetano M.: Poderes generales y especiales

—  39  -sevarlo, -
  pues  necesita  poder  especial  para  ello;  sino
que,  por  paridad  de  motivos  de  lo  que  sucede  con
al  pago,  puede  suceder  con  la  novacion,  es  decir,
que  se  puede  otorgar  poder  especial  para  hacer
novacion  de  todas  las  deudas.
3°  «  Para  transigir,  comprometer  en  arbitros,  prorogar -
  jurisdiciones,  renunciar  al  derecho  de  apelar
6  à  prescripciones  adquiridas.»
El  mandatario  administrador  puede  defender  en
juicio  las  acciones  que  nacen  de  su  administracion.
Pero  para  ejercer  las  diferentes  facultades  espresadas -
  en  este  inciso  necesita  poder  especial.  Lo
mismo  sucede  con  el  mandatario  que  està  facultado
para  representar  en  juicio  al  mandante.
Se  comprende  facilmente  la  disposicion,  pues
trafsigir,  comprometer  en  árbitros,  etc,  son  actos
que  acarrean  cierta  especie  de  renuncia  à  los  derechos -
  del  mandante,  son  cômo  actos  de  disposicion,
9  como  por  hechos  del  mandatario  no  puede  empeorarse -
  la  condicion  del  mandante,  es  necesario  que
            
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