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pues necesita poder especial para ello; sino
que, por paridad de motivos de lo que sucede con
al pago, puede suceder con la novacion, es decir,
que se puede otorgar poder especial para hacer
novacion de todas las deudas.
3° « Para transigir, comprometer en arbitros, prorogar -
jurisdiciones, renunciar al derecho de apelar
6 à prescripciones adquiridas.»
El mandatario administrador puede defender en
juicio las acciones que nacen de su administracion.
Pero para ejercer las diferentes facultades espresadas -
en este inciso necesita poder especial. Lo
mismo sucede con el mandatario que està facultado
para representar en juicio al mandante.
Se comprende facilmente la disposicion, pues
trafsigir, comprometer en árbitros, etc, son actos
que acarrean cierta especie de renuncia à los derechos -
del mandante, son cômo actos de disposicion,
9 como por hechos del mandatario no puede empeorarse -
la condicion del mandante, es necesario que