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enemigo el nûmero de fuerzas, ó su situacion ó cual
quier otra circunstancia en sin, que puede ser decisiva.
Ahora bien, cualquier individuo que descubriera al enemigo -
estos detalles seria juzgado como traidor y condenado -
à sufrir la pena capital; pero si hace lo mismo -
por medio de un escrito publicado en un periódico -
en el que suministra todogénero de detalles de los que
importa esencialmente ocultar jpodria sostenerse con
fundamento que alli no hay tal crimen de traicion
punible con pena de muerte sino simplemente un abuso -
de la libertad de escribir, que se castiga con una
módica multa ó con unos cuantos dias de prision? «Cómo -
seria posible la subsistencia de la sociedad si ante
tamanos peligros y contra tan graves ataques solo
pudiera oponer los débiles medios de defensa que ofrece -
una ley de imprenta? El código penal y las mismas
leyes militares que definen y castigan tan severamente
al crimen de traicion à la pâtria, como el mas grave de
todos los que pueden cometerse, no serian acaso aplicables -
aqui, solo porque el criminal tuvo la prudente idea
de recurrir á la prensa para atentar contra la seguridad
de la Nacion? No es dudosa la respuesta à todas estas
preguntas, á menos que se abandone la sociedad á merced -
de la inseguridad y de lo arbitrario.
P'odria objetarse, sin embargo, que tales temores son
infundados, pues cuando ocurren en la vida de los
pueblos accidentes anormales como son una guerra
exterior ó una conmocion interna que amenazan des¬