Volltext : Tahiér, Leopoldo: ¬El divorcio

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  esa  ley  digo,  esos  principios,  solo  desempene
ban  alli,  el  mismo  rol  que  en  los  salones  de  buengusto -
  tienen  los  bronces  que  el  arte  modela;  esta
ban  ad  pompam  vel  ostentationem.
Solo  el  catôlico  podia  contraer  matrimonio  entre -
  nosotros,  el  libre  pensador,  el  protestante,  al
indiferente  mismo,  tenian  que  humillarse  en  la
curia  argentina,  ante  las  sesiones  del  Concilio  de
Trento,  con  todos  sus  anatemas  y  exorcismos,  porque -
  el  Côdigo  de  nuestra  Repûblica,  les  decia;
no  hay  matrimonio  fuera  del  relijioso.  :  Habia  en
esto  libertad  de  conciencia?  Indudablemente—Né
El  codificador  argentino,  tal  vez  por  no  incurrir
en  herejia,  dijo  que  el  vinculo  matrimonial,  solo
se  disuelve  por  muerte  de  uno  de  los  esposos.
No  admite  el  divorcio  de  derecho,  pero  si  de
hecho,  acepta  la  separación  de  cuerpos  sin  anulacion -
  del  vinculo  y  éste  es  precisamente  el  peor  de
los  divorcios.  De  igual  defecto  adolece  la  nueva
Ley,  impropiamente  llamada  de  Matrimonio  Civil.
Pero  sea  de  ello  lo  que  fuere,  la  verdad  es,  que
el  matrimonio  relijioso  entre  nosotros  solo  es  ahora,
un  destello  siniestro  de  una  luz  que  agoniza.
            
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