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tarse sus côdigos, ha demostrado tener grandes
inconvenientes y con este motivo se ha iniciade
un movimiento general de opinión entre los partidarios -
de la uniformidad de la legislación civil, al
cual se han adherido periodistas eminentes y pensadores -
de nota, para que esta idea sea una reali.
dad bien pronto.
La cuestión referente á las reformas del matrimonio -
y divorcio está en el tapete de la discusión.
La gran mayoria de la opinión se inclina á que
se adopte como ley general de la materia la que
actualmente rije en Francia.
Dando cuenta de este hecho trascendental, nuestro -
ministro en Wáshington ha pasado al de Relaciones -
Exteriores, un extenso oficio con fecha 5
de enero del corriente ano, en el que entre otras
cosas, dice lo siguiente:
.................................
En cuanto å la uniformidad de legislación sobre
el matrimonio y el divorcio es una urgente necesidad -
para terminar con la anarquia de la legislación -
de los Estados, que llega á tal extremo, que
los casamientos en un Estado son meros concubinatos -
por la legislación de otros y que el divorciado
en uno no puede casarse en otro, sucediendo frecuentes -
bigamias excusadas por la práctica, pero
que son actos legales en unos y criminales en otros.
Los hijos quedan afectados por esa anarquia de
legislación à la cual se agrega que la facilidad para
contraer matrimonio es tal que jamás se exige la
prueba de solteria.