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eso lo legisló,—y al instituirlo, no buscó como algunos -
pretenden un médio fácil y artificial de destruir
los vinculos formados por el amór, al contrario:
estudió profundamente el corazón humano y convencido -
de la veleidad de sus sentimientos creó una
ley que basada en la armonia de los caracteres garantiese -
la estabilidad de la familia, sin creer que
pudiese existir ley alguna bastante poderosa para
condenar á perpetuo martirio á un hombre 6 á una
mujer que mutuamente enganados, habianse prometido -
fidelidad en el amór, comunidad en la dicha, -
auxilio en la desgracia.
El divorcio, era para ellos la disolución de un
matrimonio legitimo durante la vida de los esposos,
por voluntad de uno de ellos ó de ambos; como se
vé, los romanos partian del principio, de que el
matrimonio siendo una unión libre, fundada en el
acuerdo de dos voluntades, podian los interesados
en cualquier tiempo ponerle término, quedando en
libertad los esposos separados para celebrar una
nueva unión, después de pasado un ano.
El divorcio ha existido siempre en la sociedad
romana, obedeciendo, como es natural, á las reformas -
que el tiempo y la práctica indicaron como
saludables.
En los primeros tiempos de Roma, los casos de
divorcio fueron raros, á tal punto que la tradición
nos ensena que en el espacio de médio siglo, solo
se presentó uno, el de Calvicio Ruga en el ano
523, de la fundación de Roma.
Poco tiempo por cierto duró este estado de co¬