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que el poder juzga necesarios. En cambio de los beneficios
que espero, yo contribuyo à crear ese poder, yo pongo en
comun cuanto es indispensable de mis derechos propios, á
lin de darle vida y consistencia. AEl derecho que tengo sobre
mi mismo, yo le cedo y le traspaso á la asociacion. »
Ilobbes, Puffendorf, Burlamaqui, Sieyés y el ilustre Mr.
de Noailles en su discurso en el Cuerpo Lejislativo de
Francia, podemos agregar á la ilustre pléyade que hemos
citado como defensores de tan estrana, como absurda doc¬
trina. No es pues estrano que tanta influencia tuviera en
las luchas del 89.
Pero la doctrina es falsa en sus principios y es falsa en
sus consecuencias. Es filosóficamente impracticable é impo¬
sible de realisarse.
Decimos que es falsa en sus principios porque como muy
bien dice Mr. Frebutien, el estado de sociedad es un hecho
légitimo y necesario, porque el es una de las leyes providen
ciales impuestas à la humanidad, asi como la pesantez y
movimiento son impuestas el mundo fisico: este no es
iin hecho contingente y voluntario, sinó un hecho primitivo
y necesario sin ningun antecedente en el mundo. Nadie se
puede à el sustraer ; pertenece á la sociedad, sin su consen¬
limiento y aun contra él.
Non est bonum hominem esse solum; ha dicho el Génesis.
cap. 2, ver. 18.
La doctrina es falsa en sus consecuencias porque la sim