Full text : Seguí, Juan Francisco: Sistemas penales

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En  este  sistema  lo  util  se  basta  asi  mismo.
Tiene  en  si  su  propia  justificacion.
Es  un  principio  primitivo,  unico,  esclusivo.  Su
sinonimia,  menester  es  no  enganarse,  es  el  goce,
el  placer.
Aquel  que  entienda  la  doctrina  del  interés  en
una  acepcion  mas  modesta,  caerá  en  una  cuestion -
  de  terminologia:  la  fórmula  de  su  pensamiento
entranará  una  acusacion  de  oscuridad  á  los  de
fensores  de  este  sistema,  acusacion  gratuita  que
no  hay  derecho  de  entablar.
Ellos  no  afirman  que  lo  justo  es  siempre  util:
—Lo  cual  es  verdad  despues  de  esta  esplicacion: -
  el  bien  moral  no  puede  ser  un  mal,  el
órden  es  el  desórden.
Sostienen  por  el  contrario  que  lo  util  es  siempre -
  justo.  He  aqui  el  desenvolvimiento  de  esta
formula:  No  hay  nada  que  reprochar  á  un  hombre -
  que  aprecia  el  mérito  de  sus  acciones,  segun
la  influencia  que  pueden  tener  sobre  su  bienestar.
Niegan  la  distincion  del  interés  y  del  deber;
y  desconociendo  el  segundo  término,  no  conciben
la  idea  de  lo  justo  y  su  autoridad,  una  vez  que
no  se  base  en  este  concepto  prévio:  “loxutil.
La  doctrina  es,  pues,  clara,  positiva  y  general. -
  Abraza  todo:  la  vida  privada  y  la  vida  pûblica, -
  tanto  las  relaciones  individuales  como  las
relaciones  sociales,  la  justicia  civil,  como  la  justicia -
  penal.
Un  partidario  de  este  sistema  contempla  á  uno
de  sus  semejantes  en  camino  para  el  cadalso.
            
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