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El tercero que se escepciona con este beneficio
está obligado á indicar los bienes del deudor que
deben escutirse? Esta cuestion se resuelve fácilmente, -
dada la solucion que se dé á esta otra: jà
quien corresponde la prueba de la insolvencia? Se
ha dicho que al acreedor que ejerce la accion;
luego, el debe buscar y escutir los bienes del deudor -
y con su resultado presentarse á los Tribunales. -
Pero si él no le conoce bienes al deudor y el
tercero pide que se ejecuten los que atribuye à
aquel, debe indicar cuales sean, porque los acreedores -
no estàn obligados à lo imposible, y es para
ellos imposible ejecutar bienes cuya existencia
ignoran
Otra cuestion que puede ofrecer cierto interés
es la siguiente: gpuede el Juez, cuando los ter
ceros no se aprovechan del beneficio de la escu
sion, ordenar de oficio que los acreedores se dirijan -
préviamente contra los bienes del deudori
No, dice Demolombe, porque por el hecho de no
haberlo opuesto, los terceros reconocen tåcitamente -
la insolvencia del deudor. Pero, Maierini observa -
á mi juicio, con mucha razon, que el Juez
no puede, ni debe admitir una accion cuya base
fundamental no está perfectamente acreditada.
La sola comprobacion de la insolvencia no bas
ta para la admision de la accion; es necesario
además, que ella provenga del acto mismo del
deudor ó que antes ya se hallase insolvente, segun -
la dispone el inciso 2.— del articulo de que
nos venimos ocupando.
La razon es fácilmente perceptible. Supóngase
que el deudor enagena fraudulentamente una parte -
de sus bienes, pero que apesar de ella le que
da çon que hacer frente á sus compromisos; su